Recordatorio de procedimiento, solicitud y concesión de vacaciones

COMISE 19-12-2016


“9. Regulación del procedimiento para la solicitud y concesión de vacaciones durante el periodo vacacional ordinario.

Al objeto de elaborar el Plan anual de vacaciones de las distintas unidades administrativas, el personal municipal habrá de solicitar entre el 1 de abril y el 1 de mayo de cada año y por los medios habilitados en el Ayuntamiento de Madrid el período vacacional que deseen disfrutar durante el período estival. Estas peticiones se resolverán expresamente por los respectivos gestores de personal, a la vista de las formuladas por el personal que desempeñe su trabajo en la unidad administrativa de que se trate, antes del 31 de mayo.

Todo ello se entiende sin perjuicio de que por la naturaleza y particularidades del Servicio deban establecerse otros plazos.”

Actualizado (Viernes, 27 de Abril de 2018 13:24)

 

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