El TSJM reconoce la antigüedad completa del personal laboral de la Comunidad de Madrid

Madridpress.com (30-junio-2015)

Declara nulo un punto del Convenio Colectivo que lo denegaba
Así, quedarán reconocidos los servicios prestados por los trabajadores laborales temporales/eventuales de la Comunidad a efectos del cómputo y devengo de la antigüedad y trienios (siempre que sumen tres o más años), con independencia de que existan más de 90 días entre contratos concatenados o cadena de contratos. Leer noticia completa

 

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  Actualización 30/09/2024 

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