El Gobierno permitirá a los funcionarios de baja médica o maternal cambiar la fecha de sus vacaciones
EFE
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha dictado una resolución, publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por la que permite aplazar sus vacaciones a los empleados públicos que se encuentren de baja por incapacidad temporal o disfrutando de su permiso de maternidad o paternidad.
En concreto, cuando el periodo de vacaciones previamente fijado o autorizado no se haya iniciado y pueda coincidir con una baja por enfermedad, con situaciones de riesgo durante la lactancia o el embarazo o con los permisos de maternidad, paternidad o acumulado de lactancia, se permitirá a los empleados públicos disfrutar de sus vacaciones en una fecha distinta.
Aunque el periodo de vacaciones no hubiera sido fijado o autorizado previamente, los empleados públicos que no puedan iniciar sus vacaciones en el año natural correspondiente por encontrarse en alguna de las situaciones anteriores, podrán aplazarlas al año siguiente.
No obstante, en el supuesto de encontrarse de baja por incapacidad temporal, el periodo de vacaciones podrá disfrutarse una vez finalizada dicha incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del final de año en que éstas se hayan originado.
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Actualizado (Viernes, 24 de Julio de 2015 13:25)