Comisión de seguimiento del Acuerdo sobre criterios de aplicación cambio de turno voluntario personal funcionario

La Comisión de Seguimiento del Acuerdo sobre criterios de aplicación en los supuestos de cambio de turno voluntario del personal funcionario de carrera con turno distinto a los de mañana con carácter previo a la toma de posesión del personal funcionario, ha tomado un Acuerdo paa excepcionar  en los procesos de estabilización.

“La comisión de Seguimiento prevista en el Acuerdo de 11 de febrero de 2020 de la Mesa General de Negociación del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos sobre los criterios de aplicación en los supuestos de cambio de turno voluntario del personal funcionario de carrera con turno distinto al de mañana con carácter previo a la toma de posesión del personal funcionario de carrera por el sistema general de acceso libre de nuevo ingreso, interpreta que el citado Acuerdo no es de aplicación a los procesos de estabilización, convocados al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Las previsiones del Acuerdo citado son de aplicación exclusivamente a las ofertas ordinarias de empleo público, no aplicables al proceso extraordinario de estabilización que conforme a lo establecido en la citada Ley, deben de estar finalizados antes del 31 de diciembre de 2024, plazo cuyo cumplimiento no se podría garantizar en el supuesto de aplicar el mencionado Acuerdo.”

Actualizado (Jueves, 30 de Mayo de 2024 13:40)

 

Escribir un comentario


Código de seguridad
Refescar

ELECCIONES SINDICALES 2023

Cartel A3 Poder Cosas CCOO

Pincha aquí para acceder a todo el material de CCOO

 www.elecciones.ccooaytomadrid.es

Siguenos

No visible desde la Red Municipal