Acción Social

Concesión de préstamos reintegrables

Se ha publicado en el BOAM número 9.893, de 5 de junio de 2025, una Resolución del Director General de Función Pública de fecha 2 de junio de 2025, por la que se conceden solicitudes de préstamos reintegrables a personal del Ayuntamiento de Madrid.

La información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de préstamos reintegrables, se puede consultar en Ayre, en la aplicación de acción social "Mis ayudas" con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Adjuntamos resoluciones:

.- Concesión Préstamos Reintegrables

Subsanación de ayudas de estudios para la formación de hijos e hijas

Se ha publicado en el BOAM número 9.893, de 5 de junio de 2025, una Resolución del Director General de Función Pública de fecha 2 de junio de 2025, por la que se requiere la subsanación de solicitudes de ayudas de estudios para la formación de hijos e hijas, de la convocatoria 2025 del Ayuntamiento de Madrid.

Se otorga un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación, se les tendrá por desistidos de su petición.

La información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda de estudios para la formación de hijos e hijas de, se puede consultar en Ayre, en la aplicación de acción social "Mis ayudas" con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Adjuntamos resolución:

.-Subsanación ayudas de estudios para la formación de hijos e hijas 

Subsanación de ayudas de comedor escolar

Se ha publicado en el BOAM número 9.893, de 5 junio de 2025, un Resolución del Director General de Función Pública de fecha 2 de junio de 2025, por la que se requiere la subsanación de solicitudes de ayudas de comedor escolar para hijos e hijas de 3 a 16 años de la convocatoria 2025 del Ayuntamiento de Madrid.

Se otorga un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación, se les tendrá por desistidos de su petición.

La información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda de comedor escolar para hijos e hijas de 3 a 16 años , se puede consultar en Ayre, en la aplicación de acción social "Mis ayudas" con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Adjuntamos resolución:

.-Subsanación ayudas de comedor escolar para hijos e hijas de 3 a 16 años

Actualizado (Jueves, 05 de Junio de 2025 08:53)