EDITORIAL
Crónica de sucesos (o aviso a navegantes, según se mire)
En 1981 se firmó el primer Convenio en el ámbito de las administraciones públicas. Sí, fue aquí, en el Ayuntamiento de Madrid. Lo declararon en primera instancia ilegal por un Tribunal embebido todavía de cultura franquista. Acabamos por ganarlo. En los centros de trabajo primero. Luego en los tribunales.
Desde entonces los convenios se han sucedido, empujados por las movilizaciones de las trabajadoras y trabajadores municipales organizados. El PP nos ha gobernado durante 25 años. Pero hemos ido avanzando. A golpe de convenio, con mucho esfuerzo de mucha gente y poniendo en valor el derecho a la negociación colectiva. Un derecho que nos protege a todos y todas, y que ha permitido que cuando lo hemos ejercido hayamos avanzado colectivamente. Como en el resto de la sociedad.
¿Por qué traemos aquí esta breve introducción? Por distintos motivos. Pero hoy, sobre todo, por el espectáculo que estamos viviendo en nuestra Policía Municipal. Y no quisiéramos privar al conjunto de la plantilla de su conocimiento.
El pasado miércoles vivimos un hecho que nadie en nuestro entorno recuerda haya acontecido, al menos desde que se negocian y firman acuerdos y convenios.
Ese día, anteayer, el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM) publicaba el Acuerdo de adaptación de la jornada de 35 horas para la Policía Municipal. Los responsables del Cuerpo y el sindicato CITAM-UPM habían llegado a un acuerdo semanas atrás en el marco de la negociación desarrollada en Mesa Sectorial. Hasta cuatro sindicatos no suscribimos el Acuerdo (de un total de cinco). A pesar de las dudas razonables que nos ofrecía la viabilidad de una única firma acompañando en solitario a la Corporación, tenemos que admitir que ejercemos nuestros correspondientes mandatos representativos de manera diferente.
La sorpresa saltó después, el miércoles: el texto publicado en el BOAM es diferente al que se firmó en la Mesa Sectorial. Ha sido modificado arbitrariamente y de forma sustancial. No estamos hablando de puntos, comas o acentos. Más bien de elementos que además, en algunos casos, su ausencia originaria formaba parte de los argumentos para que los demás no firmáramos. Por si algún compañero de la Policía Municipal no se había enterado de la publicación del Acuerdo, ayer se dio a conocer en la “Orden General del Cuerpo” que se lee diariamente, de manera obligatoria, en todas las unidades y a todos los uniformados antes de comenzar su tarea... El miércoles próximo, la plantilla de la Policía Municipal está llamada a votar en elecciones sindicales. ¡Será casualidad!
Hemos de reconocer que los hechos aquí relatados son difíciles de creer. Incluso, por su gravedad y entera novedad, para nosotros mismos. Pero si tenemos paciencia un Juez acabará por verificarlos y emitir sentencia.
Mientras, aquí los traemos. Para público conocimiento. Con la muy remota esperanza de que los ejecutores de tamaño despropósito sientan vergüenza. Y porque tomamos nota de este tipo de actuaciones que nos obligan a replantear estrategias y objetivos: nos encontramos a las puertas de la negociación de UN NUEVO CONVENIO PARA TODA LA PLANTILLA MUNICIPAL, ese marco legal tan importante que decíamos al principio nos ha permitido avanzar colectivamente.
Solicitud de convocatoria de la Mesa de Empleo
Los sindicatos CCOO y UGT del Ayuntamiento de Madrid hemos solicitado a la Gerente de la Ciudad la convocatoria de la Mesa de Empleo creada con motivo de la firma del Acuerdo del 23 de diciembre de 2015.
Las contradictorias informaciones surgidas en últimas fechas sobre la aparente decisión de proceder a la amortización de puestos de trabajo contemplados en las RPTs al tiempo que se afirma necesitar plantilla para el proceso de descentralización hacia los distritos nos está sumiendo en un elevado nivel de desconcierto.
Desde CCOO y UGT no concebimos argumento que pueda justificar proceder a la amortización de puestos de trabajo en momentos en los que existen fortísimas restricciones por parte del Ministerio de Hacienda sobre el bloqueo de la masa salarial y las tasas de reposición. Al tiempo, estamos en condiciones de asegurar que existen servicios donde la falta de plantilla es evidente, llegando al punto de provocar un empeoramiento tanto de las condiciones en las que se realizan los trabajos como en el ejercicio de derechos por parte de las trabajadoras y trabajadores municipales afectados.
Es por ello que hemos decidido enviar solicitud de convocatoria de la Mesa de Empleo a la Gerente de la Ciudad al objeto de obtener respuesta a una serie de preguntas y formular propuestas. Estamos a la espera de contestación. Seguiremos informando.
Por el Empleo. Stop amortizaciones
Solicitud de convocatoria de Mesa de Empleo a la Gerente
Derecho a la vivienda: el nuevo Reglamento de Adjudicación de Viviendas en la EMVS
La reciente aprobación del Reglamento de Adjudicación de Viviendas de la EMVS debemos enmarcarlo dentro del contexto más amplio delderecho a la vivienda, y la capacidad de los sectores sociales más desfavorecidos por disponer de un lugar digno donde habitar. Se le exige, y con razón, a las administraciones públicas que garanticen los derechos de la ciudadanía y que destinen sus recursos para solventar las desigualdades e injusticias de esta sociedad, por lo que este reglamento debemos de entenderlo en esta dirección. Por ello, no debemos entender que el reglamento aprobado esté destinado a regularizar situaciones concretas, sino a garantizar una forma transparente de acceso a la vivienda para el conjunto de la ciudadanía madrileña, en un objetivo que pretende solventar las situaciones de injusticia que se derivaban del anterior reglamento de acceso.
En primer lugar, debemos resaltar el hecho de que el acceso se realizará en un régimen de alquiler, lo que debería permitir cierta movilidad de la población al ver modificadas sus condiciones de acceso, pero también, la ausencia de condiciones financieras para acceder a la vivienda, no teniendo que inmovilizar la renta familiar para pagar las deudas contraídas con bancos y entidades financieras. Y es que siendo el empleo y el salario dos de los principales problemas de nuestra sociedad, el presente reglamento pretende buscar un punto de encuentro al reducir las condiciones de renta para acceder a una vivienda de titularidad pública...
Este Reglamento, por tanto, pretende situarse en el contexto de crisis y atender a las cuestiones que más afectan a la población madrileña, donde el desempleo, los bajos salarios y la precariedad laboral condicionan de manera definitiva el acceso a una vivienda digna. Evitar el endeudamiento familiar, especialmente de jóvenes, supondrá destinar los recursos familiares a otras cuestiones, haciendo que con ello se reduzcan algunas desigualdades existentes en los barrios de Madrid, algo que desde la Sección Sindical de CCOO vemos como positivo en el avance hacia una sociedad donde no solo disfrutemos de derechos, sino que además, estos queden garantizados.
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A vueltas con el padrón municipal
Ante las situaciones de presión a las que se somete al personal de Servicios Sociales para empadronar a personas sin domicilio, desde CCOO pedimos que se ceje en esas prácticas, ya que se pueden considerar violencia laboral.
...Ya tenemos conocimiento, pero no está de más recordar, se establece que para empadronar a alguien sin domicilio en un establecimiento colectivo (ejemplo un Centro de Servicios Sociales) la persona debe residir habitualmente en esa población (el distrito) y debe ser conocido por los servicios sociales correspondientes. Si se dan esas condiciones la persona responsable de los Servicios (en este caso la Jefatura de Departamento) realizará el informe sobre la habitualidad del vecino que se pretende empadronar.
Desde hace ya algún tiempo los trabajadores y trabajadoras sociales de los distritos reciben indicaciones (siempre verbales) acerca de la necesidad de realizar los informes correspondientes para empadronar en el domicilio del centro, a diferentes personas, en contra de los criterios técnicos de los profesionales.
Desde CCOO queremos hacer un llamamiento para que quien pretenda utilizar estas prácticas ceje en el empeño y disminuya la “presión” sobre los trabajadores y trabajadoras. Esta, si es continua, también puede ser considerada como una forma de violencia laboral.
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Aclaraciones sobre el cambio del sistema de cotizaciones a la Seguridad Social
Partes de baja, confirmación y alta en procesos de incapacidad temporal
ACLARACIONES
El 1 de enero de 2017, cambia el sistema de gestión de cotización de todo el personal municipal a la Seguridad Social, debido a la puesta en marcha del sistema CRETA o de liquidación directa por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Desde CCOO, no entendemos el tono de la nota del Ayuntamiento remitida al personal y colgada en Ayre, sobre el cambio en el sistema de gestión de cotización a la Seguridad Social, que parece orientado a meter miedo al trabajador más que a informar, cuando son las Administraciones públicas las que suelen relajarse a la hora de implementar los nuevos protocolos.
¿EN QUÉ CAMBIA EL SISTEMA?
Se transforma el ámbito de liquidación de cuotas, pasando de ser autoliquidación realizada en el Ayuntamiento a liquidación directa (CRETA) de cuotas por la propia Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
¿EN QUÉ NOS AFECTA?
A LOS TRABAJADORES y TRABAJADORAS EN NADA, porque, desde el 8 de junio de 2009, es de obligado cumplimiento por parte de los empleados municipales cumplir los plazos de presentación de los partes médicos en caso de baja por enfermedad común o accidente laboral.
IMPORTANTE// FUNDAMENTAL PARA LOS TRABAJADORES
Hacer llegar al Ayuntamiento los datos de los partes de baja, confirmación y alta en los plazos establecidos, para que se tramiten en tiempo.
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Información sobre procesos selectivos:
Letrado e Ingeniero Superior Informática:
1.-Aprobada la relación definitiva para proveer plazas de Letrado del Ayuntamiento de Madrid
El Director General de Recursos Humanos ha firmado, el pasado 10 de octubre, una Resolución publicada en el BOAM, número 7.765, de fecha 17 de octubre de 2016,por la que se aprueba la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para proveer 10 plazas de Letrado del Ayuntamiento de Madrid.
La publicación de esta Resolución puede consultarse, además de en el BOAM, en el Tablón de Edictos y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).
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2.-Prorrogada por dos meses la aprobación de la lista de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas de Ingeniero Superior Informática
En el BOAM número 7.767, de 19 de octubre de 2016, se ha publicado una Resolución del Director General de Recursos Humanos por la que se prorroga por otro periodo de igual duración, el plazo de dos meses para declarar aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para la provisión de 9 plazas de la categoría de Ingeniero Superior Informática.
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Los concursos de traslados para funcionarios y laborales de la Junta registran casi 50.000 solicitudes
Los concursos de traslados para funcionarios y personal laboral de la administración general de la Junta han registrado un total de 48.542 solicitudes, una cifra que duplica los datos de participación de la última convocatoria hace casi cinco años, según ha expresado la consejera de Hacienda y Administración Pública, María Jesús Montero, quien resalta que los concursos han despertado una "gran expectación" ya que habían sido muy demandados por empleados públicos y sindicatos.
En comisión parlamentaria, Montero ha explicado que los concursos de traslados constituyen un "instrumento fundamental" para garantizar y hacer efectivo el derecho a la carrera profesional y para conciliar la vida familiar y laboral de los empleados públicos, ya que "hay muchos profesionales de la administración pública que se encuentran desplazados y llevan mucho tiempo esperando obtener por concurso una plaza en la localidad donde reside su familia".
En estos procedimientos han participado 14.232 empleados públicos, de los que 12.616 son funcionarios y 1.616, laborales.
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