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BOLETÍN DIGITAL Nº 178

Por fin hay respuestas sobre el proceso de funcionarización

Como ya es conocido, el pasado mes de diciembre en una reunión de la Mesa General de Negociación convocada para tratar sobre las Bases del proceso de funcionarización, la Corporación propuso como posibilidad, realizar el proceso mediante la integración de aquellos laborales fijos que de forma voluntaria quisieran pasar a ser funcionarios. Según nos expusieron, había una sentencia del Tribunal Constitucional de 2017 que, en principio, permitía esta posibilidad. Toda la parte social nos mostramos favorables a estudiar esta vía por su rapidez, dado que parecía no existir impedimento legal para ello.

Pero casi dos meses después, hemos conocido el informe de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid en el que de manera rotunda en sus conclusiones se expresa literalmente de la siguiente manera:

“… jurídicamente se trataría de un "procedimiento de adquisición de la condición de funcionario", relativo a un derecho de opción, de carácter voluntario, restringido al personal laboral fijo que cumpla con las condiciones de participación de la convocatoria, a través de un sistema específico, motivado por circunstancias excepcionales y extraordinario de provisión, y para que tuviera encaje constitucional, debería cumplir necesariamente con los siguientes requisitos establecidos en las bases:

1º) que la convocatoria establezca el sistema de concurso-oposición.

2º) que se cumplan de manera efectiva, los principios de mérito y capacidad, lo cual impide la funcionarización por integración directa, sin proceso selectivo.

3º) que las pruebas restringidas sean un medio excepcional y adecuado para resolver una situación también excepcional y que en este caso es la adaptación del vínculo jurídico de un trabajador, que accedió en buena lid a la condición de personal laboral tras una convocatoria pública, a un puesto propio de funcionario.

4º) que este medio, excepcional como tal, únicamente puede tener carácter temporalmente transitorio, lo cual impide su repetición continua en el tiempo, o mejor dicho, la reiteración del proceso sobre las mismas plazas afectadas. 
5º) que la situación de excepcionalidad esté acreditada.

6º) que el objeto de la convocatoria restringida no puede ser otro que conseguir la finalidad constitucionalmente considerada legítima: adaptar el vínculo laboral al régimen jurídico funcionarial y no ser empleada para promociones profesionales u otras finalidades, y

7º) que en ningún caso las pruebas restringidas supongan, en la práctica, un proceso selectivo "ad personam", es decir, que las pruebas teóricas y prácticas, y los méritos, sean "ad hoc", configurados según el perfil del candidato específico.”

Más allá de no entender la amplitud del tiempo transcurrido hasta haber conocido el informe jurídico que establece los extremos del proceso para la funcionarización del personal laboral fijo, para CCOO sigue siendo prioritario impulsar este proceso. Para CCOO es necesario aprobar cuanto antes las Bases que han de regir el mismo y avanzar lo suficiente en la funcionarización, para evitar que las elecciones municipales generen inquietud a las personas afectadas e interesadas en este proceso extraordinario, largamente reivindicado en nuestro Ayuntamiento.

Situación del proceso de consolidación y estabilidad en el empleo

ACLARACIONES

En las últimas semanas hemos recibido diferentes llamadas de personas interesándose por el proceso de Consolidación y Estabilidad, que nos expresaban dudas e inquietudes sobre la marcha del mismo.

A día de hoy, los listados que faltan por revisar en la COMISE del Acuerdo sobre Consolidación y Estabilidad antes de que sean publicados, corresponden a las plazas de personal laboral del Ayuntamiento de Madrid y del ámbito de Instalaciones Deportivas.

Los listados de plazas afectadas por este proceso del personal interino del Ayuntamiento de Madrid y de los ámbitos de IAM, Madrid Salud, Agencia para el Empleo y Agencia Tributaria de Madrid ya están revisados en COMISE.

Para CCOO es urgente que se termine con la tarea de revisión y se publiquen cuanto antes los listados para que todas las personas interesadas en el proceso puedan comprobar que la plaza que ocupan se encuentra incluida y en caso contrario, puedan reclamar su inclusión.

Una vez se publiquen estos listados, se negociarán las Bases Generales que regirán todo el proceso y se debe aprobar la Oferta de Empleo Público extraordinaria con todas las plazas afectadas. Para CCOO es prioritario que tanto las Bases Generales, como la OEP extraordinaria, estén aprobadas antes de Mayo.

Después han de aprobarse las Bases Específicas de cada categoría. Y es en este punto donde queremos advertir a todas las personas para que no se dejen engañar por nadie. Es inaceptable, por falso, que cualquier Sindicato diga que las personas que se afilien a él van a elaborar un temario. Es más, han aparecido por algún grupo de wasap unos supuestos temarios ya elaborados para este proceso. Falso también. De todos es sabido que se acercan Elecciones Sindicales, pero es importante insistir en que no todo vale para hacer afiliación o conseguir votos.

Seguiremos informando.

Propuestas de CCOO para incluir en la COMISE del Acuerdo Convenio del mes de febrero

Desde CCOO hemos remitido una carta a la Dirección General de Relaciones Laborales con los puntos que consideramos se deben de tratar en la COMISE que se celebrará el próxim:

1. Interpretación y aplicación del Artículo 11, punto 8, sobre la pausa retribuida, en términos de proporcionalidad, para el personal de Instalaciones deportivas Municipales con jornadas completas a razón de 6 horas diarias trabajo.

2. Aplicación del artículo 12, punto 5, - turnos y horarios de trabajo-, sobre el disfrute de la flexibilización del horario, con jornada ordinaria, sin prestación de servicio a turnos ni atención directa a usuarios/as o público, del personal POSI que presta servicio en el edificio Palacio de Cibeles, Distritos, entre otros, y desarrolla su trabajo en jornada ordinaria de 10:30 a 17:30 horas y de 10:00 a 17:00 horas.

Cuestiones a tratar:

Este personal en su horario de entrada se encuentra cubierto el servicio por el personal de mañana y después de las 15:00 horas, y donde el nivel de trabajo disminuye consideradamente a partir de las 15:00 horas.

    • Personal afectado:
      • Personal que presta servicio en el edificio Palacio de Cibeles:
        • 4 personas del área de Medio Ambiente
        • 4 personas del área de Cultura
        • 3 personas del área de Portavoz
        • 3 personas de Gerencia.

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Aclaración sobre los nuevos permisos referidos en los Artículos 11 y 15 del Convenio y la Bolsa de Conciliación

En las reuniones de COMISE celebradas los pasados 30 de enero y 5 y 6 de febrero de 2019 se han adoptado los siguientes acuerdos:

1. Régimen de disfrute de las horas de compensación previstas en el apartado 1 del artículo 11 del Acuerdo Convenio 2019-2022.

La compensación de 14 horas, acumulables en jornadas completas, previstas en el apartado 1 del artículo 11 del Acuerdo Convenio para el periodo 2019-2022 es de directa aplicación al personal con jornada ordinaria que desarrolle su jornada en las condiciones de reparto diario (7 horas) y semanal (35 horas) especificadas en dicho precepto. En este caso, por cada día de disfrute acumulado se detraerán siete (7) horas del saldo total de las 14 horas, con independencia del periodo de su disfrute y de la duración diaria de la jornada en el momento en el que se haga uso de las horas en esta modalidad.

Ello no obstante, en las situaciones de reducción de jornada u otras circunstancias en las que se reduzca el porcentaje de ocupación (jubilaciones parciales, relevistas, jornadas parciales…), el número total de horas a disfrutar por este concepto se calculará en proporción a la duración de la jornada en cómputo anual. En estos supuestos, por cada día de disfrute acumulado se detraerá la mitad de las horas del saldo total que por esta compensación le correspondiera al empleado/a en función de su propia jornada, siendo irrelevante a estos efectos el periodo de su disfrute y la duración de la jornada diaria en el momento en el que se haga uso de las horas en esta modalidad.

Y en todo caso, el número de horas a compensar será proporcional al tiempo de servicios efectivos prestados durante el año.

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Aprobación de la línea retributiva y funciones de la categoría de Auxiliar de Biblioteca

El pasado martes, 19 de febrero, hemos asistido a Mesa General de Empleados Públicos en la que se ha llevado a negociación la propuesta de línea retributiva y funciones de diversas categorías, entre ellas la de Auxiliar de biblioteca.

Fue en septiembre de 2018 la última vez que se llevó a Mesa y que no se aprobó la propuesta porque no estábamos de acuerdo con las funciones que determinaba la Corporación. Han pasado 5 meses y por fin hoy se han aprobado tanto las retribuciones como las funciones de dicha categoría.

A la propuesta presentada por la Corporación, CCOO ha manifestado nuestro desacuerdo ya que se encuadraba en un CD 14 y un Complemento Específico (CE) anual más bajo que lo ya acordado en septiembre; han reconocido que era un error y definitivamente ha quedado encuadrada como C2, CD 16, CE 8.657,04.

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Las plazas de los OMC que suspendieron en la oposición que se repitió por imposición judicial estarán incluidas en el proceso de estabilidad y consolidación

Desde el momento en el que tomaron posesión como interinos los compañeros/as que suspendieron el proceso selectivo que hubo de repetirse por sentencia judicial, CCOO defendió que las plazas ocupadas por estos compañeros/as tenían que ser incluidas en el proceso de estabilidad.

En la anterior reunión de la COMISE del Acuerdo de Estabilidad y Consolidación celebrada el pasado 24 de enero, la Corporación se comprometió a responder a esta propuesta en la siguiente convocatoria.

Y finalmente en la reunión celebrada el miércoles 13 de febrero, la Corporación anunció que las 19 plazas de las que hablamos estarán incluidas en el proceso extraordinario de estabilidad y consolidación, tal como ha defendido CCOO.

Convocadas plazas para diversas categorías profesionales

Se han convocado en el BOAM número 8.342 del 21 de febrero plazas para las siguientes categorías profesionales:

- Médico Especialista (Ginecología Obstetricia)
- Médico Especialista (Oftalmología) 
- Técnico Superior (Ciencias Químicas) 
- Técnico Superior (Farmacia)

El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Promoción Interna:
-Técnico Superior Psicología 
- Arquitecto Superior 
- Ingeniero Superior Caminos Canales y Puertos 
- Ingeniero Superior Industrial

Así como bases para bolsa de trabajo "por obra o servicio" en puestos de monitor/a.

Cartel preparación 2019

1.- Novedades en la comunicación de Acción Social

Todas las Resoluciones de las ayudas de Acción social se publicarán en el BOAM y en Ayre, pero:

1. Dejan de publicarse en Ayre y en los tablones de anuncios correspondientes, los listados colectivos de solicitudes de ayudas del personal municipal.

2. Dejan también de notificarse individualmente al personal municipal las ayudas de discapacidad, tratamiento psicológico y adopción o acogimiento.

A partir de ahora, remitirán avisos individuales a las direcciones de correos electrónicos, comunicando a los interesados la publicación de las resoluciones que afecten a la gestión de su ayuda.

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2.-Ayudas asistenciales solicitadas en octubre y noviembre de 2018

Se han publicado en el BOAM número 8.340, de 19 de febrero de 2019, tres resoluciones firmadas por la Directora General de Relaciones Laborales y Retribuciones por las que se hacen públicas las ayudas asistenciales concedidas, denegadas y desistidas solicitadas en los meses de octubre y noviembre de 2018.
La relación de las personas afectadas por las resoluciones se pueden consultar en el tablón de anuncios ubicado en la oficina de registro municipal de la calle Bustamante 16 y en la Intranet Ayre

Adjuntamos resoluciones:

Resolución ayudas concedidas

Resolución ayudas denegadas

Resolución ayudas desistidas

3.-Subsanación de ayudas asistenciales solicitadas en diciembre de 2018

En resolución firmada por la Directora General de Relaciones Laborales y Planificación, se hace pública, en el BOAM 8.341, de 20 de febrero de 2019,la relación de personal municipal, jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid solicitante de ayudas asistenciales en diciembre de 2018, que debe subsanar o aportar documentación.

Adjuntamos resolución

RECORDATORIO

Se inicia el plazo para solicitar la ayuda de estudios para la formación del personal

Desde el día 14 de febrero al 15 de marzo de 2019, se abre el plazo de solicitud de la ayuda de estudios reglados que curse el personal del Ayuntamiento de Madrid.

Es un requisito indispensable para el personal con nombramiento o contrato temporal, haber completado un periodo de carencia de tres meses de prestación de servicios en los trescientos sesenta y cinco días inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.

Las solicitudes se presentarán siempre por vía telemática.

 

 

 

Preparación de procesos selectivos al Ayuntamiento de Madrid impartida por el Instituto FOREM de CCOO

Nuevo grupo: Administrativo y Auxiliar Administrativo

A partir del 14 de marzo

Administrativo (Subgrupo C1) Promoción Interna

Auxiliar Administrativo (Subgrupo C2) Libre y Promoción Interna

Cartel preparación 2019

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PREPARACIÓN del

Temario común Online para todos los procesos selectivos

A lo largo de 2019, a partir del mes de marzo, iniciamos la preparación del temario común para los distintos procesos selectivos del Ayuntamiento de Madrid.

Los alumnos y alumnas que se inscriban tendrán acceso a nuestra Plataforma Virtual en la que se realizará un seguimiento personalizado de tareas y dudas,así como  foro de comunicación, material de apoyo, realización de test y acceso progresivo al material didáctico.

Cartel preparación 2019

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#8M, Día Internacional de las Mujeres Trabajadoras

IGUALDAD, CAMINO SIN RETORNO

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