ABIERTO EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES FORMATIVAS 2017 EN LA ESCUELA DE FORMACIÓN
Desde el día 24 de enero las empleadas y empleados públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos pueden inscribirse en los cursos de la Escuela de Formación. Os adjuntamos la resolución que abre las inscripciones del Plan del 2017 y que se ha publicado en el BOAM del 23 de enero.
A continuación os enumeramos lo más destacado, las novedades y modificaciones que ha habido.
• PLAZO: del 24 de enero al 24 de febrero.
• PARA SOLICITAR LOS CURSOS:
o Abierta transversal y restringida. Desde intranet o extranet (https://extranet.munimadrid.es) general> personas> formación> alumnos> solicita y consulta tus cursos> cursos abiertos y transversales / cursos restringidos. Son dos solicitudes distintas e independientes.
o Las actividades formativas incluidas en el programa de idiomas relacionadas con el Convenio de Colaboración con la UNED, se solicitarán mediante la presentación en el registro correspondiente de un modelo de "Instancia General del Ayuntamiento de Madrid" debidamente cumplimentado, en el que se detalle el idioma solicitado y se justifiquen los motivos de la solicitud.
o Teniendo en cuenta que el programa de alta no discrimina si la persona es o no destinatario de la actividad formativa, conviene consultar el Plan antes de apuntarse a una actividad. Hasta el 24 de febrero se pueden incluir, modificar o eliminar actividades formativas de vuestra solicitud.
• En el aula Virtual del Ayuntamiento https://escuelavirtual.madrid.es/ se pueden consultar por distintos criterios de selección las actividades y hay una sección de preguntas y respuestas para resolver dudas.
• Las Actividades formativas presentadas con anterioridad al 2017 quedan sin efecto (2). Se pueden volver a solicitar este año. Salvo la actividad 2588 - V "La Nueva Regulación del Procedimiento Administrativo y del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Ley 39 y 40/2015".
• Se puede volver a solicitar una actividad si han transcurrido 10 años desde que se realizó la misma (1).
• Los empleados y empleadas públicos podrán participar en los cursos de formación durante el disfrute de los permisos de parto, adopción o acogimiento y paternidad (1).
• Los autorizantes (generalmente los Subdirectores Generales del empleado) tienen un plazo de 20 días para informar de las solicitudes de actividades restringidas (1).
• Se establece un número máximo de formadores por actividad formativa (1).
• La Comisión General de Formación estudiará las denegaciones de solicitudes de actividades formativas formuladas por empleados con puestos de trabajo adaptados por razones de movilidad o de salud así como las denegaciones reiteradas.
• Los interlocutores deberán remitir a la Escuela antes del 28 de febrero el calendario de formación (1).
• Las actividades formativas impartidas por entidades públicas o privadas en virtud de convenios de colaboración suscritos con el Ayuntamiento de Madrid o sus Organismos públicos, podrán ser incorporadas al Plan de Formación siempre que cumplan determinados requisitos (1).
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